La Ley 5/2014 de Seguridad Privada en su artículo 29 determina que para obtener la habilitación profesional como Vigilante de Seguridad, el alumno puede realizar un curso de 180 horas de duración, en un centro acreditado ante el Ministerio del Interior, y posteriormente presentarse a los exámenes convocados por la Policía Nacional. (Lo que se venía haciendo hasta ahora). También puedes cursar el correspondiente curso de certificado de profesionalidad de vigilancia y seguridad privada establecidos por el Gobierno a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
¿Qué es el Certificado de profesionalidad de vigilancia y seguridad privada?
Los certificados de profesionalidad, se regulan por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, y constituyen el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral.
Estos certificados acreditan que el alumno ha adquirido las competencias profesionales que le capacitan para desarrollar una actividad laboral concreta.
Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Los certificados de profesionalidad constan de tres niveles de cualificación profesional, siendo el 1 el más básico y el 3 el más complejo. El Certificado de Profesionalidad de Vigilancia y Seguridad Privada ofertado hoy en día, en su mayor parte es un certificado de nivel 2, y para poder acceder el interesado debe cumplir los siguientes requisitos:
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), o Prueba de Acceso a Ciclo Formativo de Grado Medio, o Certificado de profesionalidad del mismo nivel, o Certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia profesional, o Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) para mayores de 25 años.
Estos requisitos no suplen los restantes necesarios para la obtención de la TIP. Como pueden ser la carencia de antecedentes penales o el reconocimiento físico y psíquico, entre otros.
En el ámbito de la Seguridad Privada estos certificados se especifican y se dotan de contenido en el RD 548/2014.
El Certificado de profesionalidad de vigilancia y seguridad privada acredita que su titular posee unos determinados conocimientos y experiencia profesional, pero no sustituye a la TIP o tarjeta de Identidad Profesional del Vigilante de Seguridad. Esta deberá tramitarse posteriormente en el Ministerio del Interior – Policía Nacional, que ostenta junto a la Guardia Civil (Guardas Rurales) las competencias en materia de seguridad privada.
El alumno deberá presentar toda la documentación correspondiente ante la Policía Nacional, que tras comprobar el cumplimiento de los requisitos generales y específicos indicados en la Ley de seguridad Privada 5/2014, le expedirá su habilitación profesional o TIP.
Con el CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, se obtiene una titulación directamente reconocida por el Ministerio de Trabajo y Ministerio del Interior. Los alumnos completarán un módulo de prácticas profesionales en una empresa de seguridad privada, con una duración generalmente de 40 horas.