Antes de presentarse a las pruebas de selección que convoque la Secretaría de Estado de Seguridad y cuya superación habilitará para el ejercicio de la correspondiente profesión, previa expedición de la tarjeta de identidad profesional, los aspirantes a escoltas privados, habrán de superar, en los centros de formación autorizados, los módulos profesionales de formación para ser vigilante de seguridad, en ciclos de al menos ciento ochenta horas y seis semanas lectivas, así como los módulos complementarios y específicos para escoltas privados, de sesenta horas lectivas, que se determinan en la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad (BOE núm. 296, de 10 de diciembre).
Los ciclos formativos, en su de-limitación horaria, podrán comprender un porcentaje máximo del cincuenta por ciento de la formación no presencial o a distancia, debiendo impartirse obligatoria-mente con carácter presencial las enseñanzas de naturaleza técnico-profesional, instrumental, de contenido técnico operativo y las prácticas de tiro y laboratorio.
A quienes hayan superado los módulos de formación y las pruebas físicas, los centros de formación autorizados les expedirán el correspondiente diploma o certificado acreditativo.